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11 de marzo de 2010

Música y BioDiesel: Si la SGAE fuese la OPEP

4 comentarios

  1. Si no hubieras comenzado por la premisa FALSA de que el canon es una compensación por el uso "robado" de música, el artículo estaría bien.

    Lo siento, tienes que revisarlo entero porque el canon es una compensación a los autores por el DERECHO EXPRESO que la ley concede a los particulares a hacer copias LEGALES de obras protegidas por derechos de autor.

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  2. Ah, y la descarga de música es legal en España.

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  3. Y queda un poco mal lo de publicar en más de un sitio el mismo artículo. Ya te dejo en paz.

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  4. No existe un símil fácil a la copia legal autorizada en otros campos distintos del de los derechos de autor. Aún así no veo que eso invalide las tesis, ya que sea un "robo" o una "copia legal autorizada" el caso es el mismo: se paga en múltiples ocasiones un canon por la posibilidad de realizar una acción, que además, se castiga posteriormente.

    Lo de que las descargas son legales, es cierto... pero no si se considera que hay lucro. No obstante las penas que planteaba son las especificadas en el art. 270 del C. P. Es cierto que en la actualidad no se está castigando, pero la jurisprudencia no es directamente fuente del derecho en España, y el artículo tal y como está redactado admitiría la interpretación... eso sin meter el ánimo de lucro que plantea el supuesto.

    Y lo de publicar en más de un sitio... decidí permitir que se copiase y pegase a discreción el artículo... y yo mismo lo copié en un blog que mantengo con algunos amigos y que no tiene difusión fuera de ese ámbito (supongo que habrás llegado a él navegando un poco por mi perfil)... no veo el problema en eso.

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